BOLETÍN DEL BANCO DE LA REPÚBLICA
Modificaciones a la Resolución Externa No. 8 de 2000 y a la Circular Reglamentaria Externa DCIN-83
Por medio de los Boletines No. 39 y 40 del 23 y 24 de noviembre de 2017, el Banco de la República modificó algunos aspectos de los créditos entre residentes e Intermediarios del Mercado Cambiario
En primer lugar, estableció que se pueden estipular, desembolsar y pagar en moneda legal colombiana los créditos externos entre residentes e Intermediarios del Mercado Cambiario. El desembolso deberá efectuarse a cuentas de uso exclusivo para operaciones de crédito externo. Antes de esta modificación, esta operación estaba únicamente permitida para las entidades multilaterales de crédito.
Además, se modificaron los Formularios No. 6 y Formulario No. 7, debido a la aclaración de los conceptos de fraccionamiento y sustitución de créditos pasivos y activos y al establecimiento de consolidación de créditos.