BOLIVIA, COLOMBIA, ECUADOR Y PERÚ
LA MARCA ES UN ACTIVO ESENCIAL EN EL CONTRATO DE FRANQUICIA
En Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú la legislación permite la creación de franquicias. En estos tres países la franquicia es un contrato mediante el cual el franquiciante otorga una licencia para el uso de una marca en un territorio determinado a una persona, denominada franquiciado, quien obtiene la autorización para elaborar y/o vender bienes o prestar servicios identificados con esa marca y bajo unos estándares claramente definidos (know-how) tendientes a mantener la calidad e imagen de los productos o servicios ofrecidos.
Mediante el contrato de franquicia, el franquiciante estará en capacidad de fortalecer su marca, incrementar sus ventas e incursionar en nuevos mercados. Por su parte, el franquiciado tendrá acceso a un negocio establecido a cambio del pago de una regalía al franquiciante.
En los contratos de franquicia, la marca no puede faltar, pues es el eje sobre el cual se fundamenta el contrato. De allí la importancia de tener este activo debidamente protegido. En algunos países como Perú y Colombia, el derecho sobre una marca se obtiene por su registro ante la oficina competente.
Sin embargo, independientemente del sistema de registro, el derecho sobre una marca le otorgará a su titular las siguientes prerrogativas: i) distinguir sus productos o servicios en el mercado; ii) impedir que terceros utilicen una marca idéntica o similar a la registrada. Adicionalmente, el registro de una marca permite a su titular disponer de la misma, mediante la suscripción de contratos, tales como licencias de uso y franquicia.