COLOMBIA
NUEVO DECRETO EN MATERIA DE INVERSIÓN DE CAPITALES EXTRANJEROS SOBRE ACTIVOS INTANGIBLES
El Gobierno Nacional de Colombia expidió el Decreto 119 de 2017, por medio del cual se modificó el régimen de inversión de capitales extranjeros (anteriormente contenido en el Decreto 1068 de 2015).
El nuevo Decreto establece que se considerará inversión de capitales extranjeros aquella que se realice sobre activos intangibles, es decir, sobre marcas, patentes, variedades vegetales u obras protegidas por derechos de autor, adquiridos con el propósito de obtener un provecho económico para el país.
Los activos intangibles deben haber sido obtenidos por personas no residentes en Colombia, es decir, aquellas personas naturales o jurídicas cuyo domicilio principal no sea el país, o personas naturales que no permanecen en el país más de 183 días al año. Se establece también, que la adquisición de los activos debió haber sido obtenida a través de cualquier acto lícito.