COLOMBIA
CONSEJO DE ESTADO SE PRONUNCIA SOBRE LA DESCRIPTIVIDAD DE LOS SIGNOS EN OTROS IDIOMAS
El pasado mes de marzo de 2017, el Consejo de Estado se pronunció respecto a la descriptividad del signo FLEXSTEEL (nominativo) para identificar productos de la clase 17.
En el fallo mencionado, la entidad reitera que el término FLEXSTEEL está formado por la combinación de dos expresiones en inglés cuyo significado no es del conocimiento común o generalizado por el consumidor medio. Así pues, consideró que el signo es de fantasía y en consecuencia, registrable.
El Consejo de Estado consideró que no es pertinente hacer el análisis de registrabilidad de la marca separando las dos expresiones, pues la reiterada jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina dispone que la unión de dos o más genéricos, puede formar una sola expresión registrable.
Por último, afirmó que al considerar que el signo FLEXSTEEL no es descriptivo para los productos de la clase 17, tampoco puede considerarse como un signo engañoso o que induzca al público en error.