CONCEPTO DE LA DIAN
Compensación de pérdidas fiscales y compensación de exceso de base mínima en CREE
Es posible compensar pérdidas fiscales en las declaraciones del Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE), que correspondan a los años gravables 2013 y 2014, en el año 2016
Mediante su Concepto No. 8139 de abril de 2016, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales —DIAN— estableció que es posible compensar pérdidas fiscales en las declaraciones del Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE), que correspondan a los años gravables 2013 y 2014, en el año 2016.
Adicionalmente se aclara que en relación con la compensación de excesos de base mínima, dicha posibilidad solo puede aplicarse a partir del año gravable 2015, de acuerdo con lo expresamente dispuesto en el artículo 22-3 de la Ley 1607 de 2012.