DECRETO MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
Requisitos y condiciones para acceder al beneficio tributario por inversiones en control, conservación y mejoramiento del medio ambiente
Las personas jurídicas que efectúen este tipo de inversiones tendrán derecho a descontar el veinticinco por ciento (25%) de la inversión de su impuesto de renta
El Decreto 2205 de 2017 establece los requisitos, condiciones y formas para acceder al beneficio tributario por inversiones realizadas en control, conservación y mejoramiento del medio ambiente.
Para la procedencia del descuento por las inversiones, el contribuyente deberá acreditar, entre otros, el cumplimiento de los siguientes requisitos:
- Que el contribuyente que realice la inversión debe ser persona jurídica;
- Que la inversión realizada en el control, conservación y mejoramiento del medio ambiente debe ser efectuada directamente por el contribuyente;
- Que la inversión debe realizarse en el año gravable en que se solicita el correspondiente descuento; y
- Que previamente a la presentación de la declaración de renta en la cual se solicite el descuento de la inversión, se obtenga certificación de la autoridad ambiental competente.