NUEVAS ACTIVIDADES PARA PERTENECER AL RÉGIMEN TRIBUTARIO ESPECIAL
Se contemplan unas nuevas actividades y se eliminan otras, propuestas por el Proyecto de Reforma
Actividades como la prestación de servicios de salud en el marco del Sistema de Seguridad Social en Salud, actividades de libertad religiosa y de culto y las actividades de recepción o ejecución en Colombia de recursos no reembolsables de cooperación internacional provenientes de personas extranjeras de derecho público, organismos de derecho internacional, organismos de cooperación o ayudas internacionales no son contempladas como actividades que puedan desarrollar las entidades del Régimen Tributario Especial.
Se incluyen nuevas actividades como la prestación o desarrollo de actividades o servicios, individuales o colectivos, de promoción de salud prevención de enfermedades, atención y curación de enfermedades en el sector salud, el control social a la lucha contra la corrupción, la construcción de paz o la promoción y el apoyo a entidades sin ánimo de lucro que ejecuten acciones directas en el territorio nacional en alguna de las actividades cubiertas por el Régimen Tributario Especial.