RESOLUCIÓN DE LA DIAN
El trámite de inscripción y actualización del RUT ahora se puede realizar ante las Cámaras de Comercio
Una vez les sea asignada la matricula mercantil a las nuevas sociedades, éstas deberán solicitar la expedición de un Número de Identificación Tributaria (NIT) ante la respectiva Cámara de Comercio
Mediante su Resolución No. 52 del 14 de junio de 2016, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales— DIAN— reguló los procedimientos necesarios para la inscripción y actualización del Registro Único Tributario (RUT) ante las Cámaras de Comercio.
Este trámite se podrá realizar directamente por el representante legal de la sociedad, o a través de un apoderado.
Para la formalización de la inscripción en el RUT, el interesado únicamente debe aportar el formulario del RUT impreso y debidamente diligenciado, y la fotocopia del documento de identidad del representante legal. Cuando el trámite se realice a través de un apoderado, también se deberá aportar el respectivo poder debidamente autenticado.
La Resolución No. 52 está vigente desde el pasado 14 de junio, y con ella se deroga la Resolución 000122 del 24 de junio de 2014.