RESOLUCIÓN DE LA DIAN
DIAN habilita formularios para el cumplimiento de las obligaciones tributarias en el 2017
La mayoría de las declaraciones deben presentarse de forma virtual
Mediante resolución del 03 febrero de 2017, la DIAN habilito los siguientes formularios para el cumplimiento de las obligaciones tributarias en el año 2017:
Para la declaración informativa de precios de transferencia el Formulario No. 120:
- Correspondiente al año gravable 2016 o fracción de año gravable 2017.
- Debe presentarse en forma virtual a través de los servicios informáticos electrónicos de la DIAN, utilizando el instrumento de firma autorizado por esta entidad.
Para la declaración impuesto sobre la renta para la equidad (CREE) el Formulario No. 140:
- Correspondiente al año gravable 2016.
- Debe presentarse en forma virtual a través de los servicios informáticos electrónicos de la DIAN, utilizando el instrumento de firma autorizado por esta entidad.
Para la declaración anual de activos en el exterior el Formulario 160:
- Correspondiente al año gravable 2017
- Debe presentarse en forma virtual a través de los servicios informáticos electrónicos de la DIAN, utilizando el instrumento de firma autorizado por esta entidad.
Para la declaración de renta y complementarios personas naturales y asimiladas no obligadas a llevar contabilidad el Formulario No. 210:
- Correspondiente al años gravable 2016.
- La presentación de este formulario debe diligenciarse virtualmente, sin embargo su pago podrá ser electrónico o ante las autoridades de recaudo autorizadas.
Para el certificado de ingresos y retenciones el Formulario No. 220:
- Correspondiente al año gravable de 2016.
- Este certificado puede ser producido por el de las diferentes casas impresoras o diseñada por los agentes retenedores.
Para la declaración anual de impuesto mínimo alternativo simple (IMAS) para empleados el Formulario No. 230:
- Correspondiente al año gravable 2016.
- El diligenciamiento, presentación y pago de este formulario podrá hacerse de forma electrónica o ante las autoridades de recaudo autorizadas para esto.
Para la declaración anual de impuesto mínimo alternativo simple (IMAS) para trabajadores por cuenta propia el Formulario No. 420:
- Correspondiente al año gravable 2016.
- El diligenciamiento, presentación y pago de este formulario podrá hacerse de forma electrónica o ante las autoridades de recaudo autorizadas para esto.
Para la declaración del régimen simplificado del impuesto nacional al consumo el Formulario 315:
- Correspondiente a los años gravables 2016 y 2017.
- El diligenciamiento, presentación y pago de este formulario podrá hacerse de forma electrónica o ante las autoridades de recaudo autorizadas para esto.
Para declaración mensual de retenciones en la fuente el Formulario 350.
- Correspondiente a los periodos 1 y 2 del año 2017.
- Debe presentarse en forma virtual a través de los servicios informáticos electrónicos de la DIAN, utilizando el instrumento de firma autorizado por esta entidad.