COLOMBIA
NUEVOS CASOS DE REGISTROS DE MARCAS COLECTIVAS EN COLOMBIA
Las marcas colectivas se caracterizan porque se solicitan a registro a nombre de un grupo de personas pertenecientes a una misma región
Este tipo de marcas que no son concedidas con frecuencia en Colombia se diferencian de las marcas tradicionales, en que ellas se conceden a nombre de una colectividad de personas pertenecientes a una misma región. En ese sentido, la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina define las marcas colectivas como todo signo que sirva para distinguir el origen o cualquier otra característica común, de productos o servicios pertenecientes a empresas diferentes y que lo utilicen bajo el control de un titular.
Es importante resaltar que la solicitud de registro de una marca colectiva deberá incluir copia de los estatutos de la asociación, organización o grupo de personas que solicite el registro de la marca colectiva, una lista de los integrantes del grupo y la indicación de las condiciones y la forma cómo la marca colectiva debe utilizarse en los productos o servicios que ampare.
Recientemente la Superintendencia de Industria y Comercio concedió el registro de dos marcas colectivas a la Asociación indígena de mujeres artesanas del resguardo Kuna-ASOIMOLA, de Necoclí-Antioquia y a la Cooperativa femenina artesanal-COOFA, de Sandoná-Nariño.