COLOMBIA
SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO Y LAS PATENTES A INVENCIONES IMPLEMENTADAS POR COMPUTADOR
La Superintendencia de Industria y Comercio solía con mucha frecuencia objetar las invenciones implementadas por computador con el Artículo 15 de la Decisión 486 que establece que los programas de ordenadores, o los soportes lógicos, y las formas de presentar la información no se considerarán invenciones. Sin embargo, cada vez es más frecuente encontrar patentes concedidas en esta área de la tecnología, siempre y cuando el objeto de la invención no esté dirigido directamente a un software, y además corresponda a un producto o procedimiento.
En la práctica encontramos que las patentes otorgadas son aquellas que presentan procedimientos, y aquellas que presentan objetos suelen ser afectadas por novedad o nivel inventivo. Lo anterior, teniendo en cuenta que las funcionalidades son ignoradas al realizar su estudio.
Por lo tanto actualmente existe una mayor probabilidad de obtener patentes para este tipo de invenciones que son de gran interés en este mercado tecnológico, tan competitivo.