16 de octubre de 2019 La Corte Constitucional declaró la inexequibilidad de la Ley 1943 de 2018 (Ley de Financiamiento), por vicios de procedimiento en su formación. Los efectos de la decisión fueron diferidos hasta el 31 de diciembre de 2019, por lo que surtirán efecto a partir del 01 de enero de 2020. De esta manera, para el año gravable 2019 aplicará lo dispuesto por la Ley de Financiamiento en relación con la tributación de sociedades, personas naturales, fondos de capital privado e inversionistas extranjeros, entre otros. El fallo tendrá efectos hacia futuro con el fin de no afectar las situaciones jurídicas consolidadas anteriores a su notificación. De esta manera, las declaraciones presentadas y el impuesto pagado por los contribuyentes del impuesto al patrimonio y del impuesto complementario de normalización tributaria surten plenos efectos. En caso que al 31 de diciembre de 2019 el Congreso de la República no promulgue una nueva Ley, aplicarán las normas vigentes antes de la Ley 1943 de 2018. Con la decisión de la Corte Constitucional, se espera que el Gobierno Nacional introduzca un nuevo proyecto de reforma tributaria al Congreso de la República en los próximos días. |