Medidas adoptadas por el Comité de Basilea y la Superintendencia Financiera de Colombia respecto a la emergencia económica derivada del COVID-19
En el marco de la pandemia ocasionada por el COVID-19 declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS), los mercados financieros se han visto fuertemente afectados respecto a los niveles de liquidez disponibles que permitan dar continuidad a la inversión, préstamos y demás operaciones financieras que se requieren para evitar entrar en una recesión. Para ello, además de las inyecciones de capital, disminución de tasas de interés y demás medidas adoptadas por los bancos centrales de diferentes países, el Comité de Basilea anunció el pasado 27 de marzo de 2020 una serie de medidas destinadas a proporcionar una capacidad operativa adicional para que los bancos y sus supervisores puedan reaccionar de forma positiva ante el impacto que ha tenido el COVID-19 en el sistema financiero global.
Dentro de las medidas diseñadas se encuentran: (i) retrasar la fecha de implementación definitiva de las nuevas normas de Basilea III correspondientes al capital bancario y presentación de informes, por un año hasta el 1 de enero de 2023; y (ii) permitir que los bancos adopten un nuevo marco de riesgo de mercado, y hagan revelaciones más claras sobre sus proporciones de liquidez y financiación.
En coherencia con lo anterior, y con la prioridad de comprometer recursos para responder al impacto del COVID-19, la Superintendencia Financiera de Colombia (“SFC”), el pasado 17 de marzo de 2020, expidió la Circular Externa 009 de 2020, por medio de la cual (i) se pospuso el envío de los planes de resolución relacionados con la implementación de los estándares internacionales hasta el mes de abril de 2021 para las siguientes entidades: Bancolombia, Banco de Bogotá, Bando Davivienda y BBVA Colombia, de conformidad con el listado de entidades con importancia sistémica publicado en la Carta Circular 088 de 2019; (ii) pospuso el envío de los resultados de las pruebas de resistencia que la SFC requirió mediante la Carta Circular 23 de 2019, hasta el último día hábil de julio de 2021; y (iii) suspendió, durante 120 días calendario siguientes al 17 de marzo de 2020, el requerimiento de la realización de avalúos técnicos de las garantías idóneas en los términos previstos en el Capítulo II de la Circular Básica Contable y Financiera.
Las medidas adoptadas por el Comité de Basilea, permitirán que los bancos puedan destinar los recursos que iban dirigidos a fortalecer su solvencia, a atender el choque negativo que el COVID-19 ha tenido en el mercado financiero global. Lo anterior permitiendo que los bancos tengan una mayor liquidez, con el fin de promover la financiación a empresas y hogares, toda vez que, mediante las medidas implementadas por el Comité de Basilea, los supervisores liberarán la capacidad crediticia reduciendo las reservas de capital que se exigen a los bancos para los escenarios en los que se deban cubrir pérdidas respecto a préstamos.
De igual forma, los bancos podrán ver las medidas adoptadas como una oportunidad para continuar su preparación respecto al cumplimiento de los requisitos planteados por el Comité de Basilea, en relación con la medición del capital que requieren para hacer frente a los riesgos operacionales, y además como una alternativa para garantizar el correcto financiamiento al sector real de la economía
Por su parte, con las medidas implementadas por la SFC, se incentivará que los impactos derivados del COVID-19 no se prolonguen en el tiempo y exista una capacidad de reacción oportuna para que la recuperación económica del país se normalice en la segunda mitad del año, previendo una disminución en el crecimiento del COVID-19 en el territorio nacional y en la región. En esa medida, el aumento en la capacidad de financiación por parte del sector financiero en Colombia podrá concluir en un impacto positivo sobre las tasas de desempleo y el dinamismo de operaciones financieras dentro del territorio nacional.
Así mismo, la medidas anteriormente mencionadas coadyuvan a otras medidas que se han ido adoptando en este contexto de emergencia, tales como (i) el paquete de financiamiento aprobado por la Corporación Financiera Internacional (CFI) dirigido a mitigar el impacto negativo del COVID-19 sobre la economía global, por medio de activar las operaciones de financiamiento con el fin de promover el capital de trabajo y la continuidad operativa de empresas que han visto afectada su cadena de suministro; y (ii) la iniciativa y el llamado de acción del Grupo Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional respecto al alivio de deuda por parte de los países miembros del G-20, a los países más pobres que hacen parte de la Asociación Internacional de Fomento, para que atiendan las emergencias relacionadas con el COVID-19.
De conformidad con lo planteado, las medidas adoptadas por el Comité de Basilea tienen como prioridad mitigar la contracción del crecimiento económico mundial, a través de canales que permitirán desarrollar mecanismos de financiación y garantizar un nivel mayor de liquidez en la economía. Por lo tanto, los bancos gozarán de un año adicional para dar cumplimiento a los acuerdos de Basilea para que concentren sus esfuerzos en atender las necesidades económicas y locales derivadas del COVID-19. Es relevante resaltar que la medida adoptada por el Comité de Basilea debe ser abordada de una forma conjunta con las demás medidas que localmente han adoptado la mayoría de países con respecto a la mitigación del impacto negativo sobre las economías locales. Por lo tanto, las medidas adoptadas previamente por la SFC son acordes al interés local y mundial de establecer estrategias que permitan mitigar los choques negativos sobre la estabilidad económica.
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