Resolución 1296 de 2020 del Ministerio de Relaciones Exteriores
El Ministerio de Relaciones Exteriores expidió la Resolución 1296 de 2020, a través de la cual se adoptaron medidas relacionadas con solicitudes de visas y la suspensión de algunos términos. A continuación encontrarán los principales puntos a considerar respecto a los trámites de visas para extranjeros:
- Para los extranjeros que se encuentren regularmente en territorio colombiano, se continuarán procesando solicitudes de visa a través de los medios electrónicos del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Bogotá D.C.
- Mientras se encuentre vigente el estado de emergencia sanitaria decretado por el Gobierno Nacional, se tendrán las siguientes restricciones:
- No se permitirá que extranjeros titulares de visa de visitante tipo V modifiquen la categoría de su visado. Para ellos solamente será posible solicitar la misma clase de visa.
- Se mantendrá la suspensión del procesamiento de visas por parte de extranjeros que se encuentren fuera del territorio nacional. Los consulados de Colombia en el exterior se encuentran impedidos para admitir solicitudes de visa.
- Durante la vigencia del estado de emergencia sanitaria decretada por el Gobierno Nacional, se adoptarán las siguientes medidas temporales:
- Se suspenderá la contabilización del tiempo de vigencia de la visa para los extranjeros que se encuentren en el exterior y sean titulares de las siguientes categorías de visa: i) visa de visitante Tipo V para prestar servicios temporales; ii) visa de visitante Tipo V en virtud de transferencia intracorporativa de personal; y, iii) para todas las visas de migrante Tipo M.
- Se suspenderá la contabilización del término de ausencia del territorio nacional como causal de terminación anticipada de las visas tipo M y R, para aquellos extranjeros que se encuentren en el exterior.
- Se suspenderán los términos legales para adelantar el estampado de visa en el pasaporte.
Para asuntos legales relacionados con el coronavirus, por favor comuníquese con Carolina Camacho al correo carolina.camacho@phrlegal.com